top of page
Foto del escritorInforme Central

INFLUENCIA AVIAR: SENASA declara estado de emergencia en Perú por 90 días

Senasa determinó que durante la emergencia sanitaria se intensificarán acciones de vigilancia y control a fin de evitar la diseminación de la gripe aviar en otras zonas del país. SERFOR ha contabilizado que 10 257 son pelícanos de la especie; 2 919 son piqueros marinos, 614 camanay, entre otras especies que han fallecido.

Las aves están falleciendo debido a que se trata de un virus altamente contagioso | Fuente: Andina

Luego de la aparición de más pelícanos muertos en los balnearios del país, a orillas de las playas de Punta Hermosa y San Bartolo, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) declaró en emergencia sanitaria por 90 días a todo el territorio nacional debido a la presencia de gripe aviar de alta patogenicidad en aves domésticas. Este tiempo podría ampliarse de acuerdo a la evaluación epidemiológica. Durante este periodo, las autoridades intensificarán acciones de vigilancia y control de la influenza H5N1. En ese sentido, priorizará el monitoreo de la zona de detección (Lambayeque) a fin de evitar la diseminación de la enfermedad a otras regiones del Perú.

A través de la Resolución Jefatural N°0180-2022-Midagri-Senasa, publicada la noche del martes en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, se oficializó la declaratoria de emergencia sanitaria a causa de la H5N1.

La emergencia sanitaria en todo el territorio nacional ante la presencia de influenza aviar de alta patogenicidad en aves domésticas (aves de traspatio), por el periodo de 90 días calendario, periodo que puede ampliarse de acuerdo con la evaluación epidemiológica”, declara la norma en su artículo 1.

Gripe aviar: ¿qué acciones están prohibidas?

De acuerdo a la resolución jefatural N.º 0180-2022-Midragri-Senasa, las personas naturales o jurídicas tienen prohibido realizar las siguientes acciones:

  • Movilizar aves domésticas vivas y productos de riesgo desde las zonas consideradas como foco, perifoco y vigilancia de influenza aviar de alta patogenicidad, sin la autorización de Senasa.

  • Trasladar aves domésticas vivas y sus productos de riesgo, dentro del territorio nacional, sin el certificado sanitario emitido por el Senasa.

  • Ingresar aves a los predios positivos a influenza aviar de alta patogenicidad.

  • Visitar predios avícolas cuando el Senasa haya dispuesto una medida sanitaria.

  • Arrojar aves muertas a los canales de riego, drenaje o ríos.

  • Llevar a cabo ferias, exposiciones, eventos gallísticos y demás concentraciones de aves en el territorio nacional.

  • Manipular, sin equipos de protección personal, aves con síntomas o sospecha de influenza aviar de alta patogenicidad.

Senasa prohibe trasladar aves domésticas y sus productos de riesgo, dentro del territorio nacional, sin el certificado sanitario. Foto: referencial

Gripe aviar: ¿qué acciones se deberán adoptar?

Toda persona natural o jurídica deberá realizar las siguientes acciones ante la gripe aviar:

  • Instalar en predios avícolas pediluvios con solución a base de amonio cuaternario o glutaraldehído en los lugares de ingreso y salida. Además, se deberá desinfectar todos los equipos, herramientas, materiales, indumentaria, calzado, vehículos, entre otros.

  • Cumplir la cuarentena dispuesta por el Senasa en los predios afectados con influenza aviar de alta patogenicidad, con el propósito de impedir el ingreso y salida de aves domésticas vivas y productos de riesgo, personas y vehículos no autorizados, u otros.

  • Contar con autorización para ingresar a los predios positivos a la influenza aviar de alta patogenicidad, y usar equipos de protección personal. Al momento de salir del predio, deben dejar estos equipos en un depósito conteniendo amonio cuaternario o glutaraldehído.

  • Instalar en las zonas de ingreso a los predios positivos a la influenza aviar de alta patogenicidad letreros con el siguiente texto: “Prohibido el ingreso por medidas de Control Cuarentenario”.

  • Coordinar con el personal del Senasa el sacrificio y la eliminación de todas las aves domésticas que se encuentran en el foco donde se ha detectado influenza aviar de alta patogenicidad y materiales de riesgo (productos, camas, plumas, estiércol, etc.), y su entierro a una profundidad de 2 metros como mínimo. Limpiar y desinfectar las instalaciones, equipos y utensillos, así como las herramientas utilizadas para el entierro.

  • Antes de realizar el repoblamiento de las granjas efectuar una centinelización con aves libres de influenza aviar altamente patógena, las cuales se deberán monitorear serológicamente a los 15, 30 y 45 días calendario, todos los resultados deberán ser negativos a esta enfermedad.

  • Fortalecer las medidas de bioseguridad y vigilancia en predios o lugares donde se ubiquen sus aves domésticas.

  • Reportar al Senasa, cualquier signo de enfermedad en aves o disminución de la producción avícola.

¿Qué es la gripe aviar?

El virus de influenza aviar A (H5N1) se presenta principalmente en aves, es sumamente contagioso entre ellas y puede ser mortal, especialmente para las de corral domésticas.


Fuente: La República



3 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page