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Foto del escritorInforme Central

Desde hoy se aplica Ley Seca en el Callao y en otras 8 regiones por segunda vuelta regional

Según informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a medida, entre otras restricciones por los comicios, estarán vigentes hasta las 08:00 horas del lunes, 5 de diciembre. con motivo por la segunda vuelta regional en nueve regiones del país.

Foto La República

Desde las 08:00 horas de este sábado entró en vigor la Ley Seca, que prohibe la venta de bebidas alcohólicas en el Callao y las otras ocho regiones donde se realizará la segunda vuelta electoral. La medida estará vigente hasta las 08:00 horas del lunes, 5 de diciembre, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Esta medida rige en Amazonas, Cajamarca, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Provincias, Moquegua, Pasco y Piura.

La trasgresión de esta disposición se sancionará con pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y una multa no menor de 3 075 soles. A ello se añade una pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena.

De igual manera, el JNE precisó que el domingo 4 de diciembre, día del sufragio, no podrán desarrollarse reuniones de electores en zonas cercanas a los puntos de sufragio en un radio de 100 metros. Dicha restricción se aplicará entre las 7:00 y las 17.00 horas.

Para las personas que incumplan con la 'ley seca' serán sancionados con una pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y una multa no menor de 3 075 soles. | Fuente: Andina

Sin actos políticos

De otro lado, las reuniones políticas se encuentran suspendidas desde las 00:00 horas del viernes 2 de diciembre, aplicándose pena de cárcel de entre tres meses y dos años a quienes las realicen.

La propaganda proselitista también se suprimirá desde las 00:00 horas de este sábado, penándose con prisión no menor de dos años y con multas de entre 30 y 100 unidades impositivas tributarias (UIT).

Las restricciones previas al proceso electoral de segunda vuelta regional, se empezaron a aplicar el lunes, con la prohibición de la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación.

El incumplimiento de esta disposición es sancionado con una multa de entre 10 y 100 UIT), equivalente, respectivamente, 46 mil y 460 mil soles.

Las restricciones y sanciones mencionadas están contempladas en la Ley Orgánica de Elecciones.

Fuente: Panamericana y RPP


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